Capital y Gran Buenos Aires - Sindicato Federación Gráfica Bonaerense

COMPLETAR CUPÓN BANCARIO

INSTRUCTIVO DE PAGO POR TRANSFERENCIA BANCARIA

  1. Determinar el monto a pagar de aporte empresario de acuerdo a la escala establecida por la Res. 202 (ver abajo).

  2. Realizar el pago mediante transferencia a la siguiente cuenta bancaria:
    Banco Nación
    Cuenta CC Nº: 49690/44
    CBU: 01105995-20000049690442
    FEDERACION ARGENTINA DE LA INDUSTRIA GRAFICA Y AFINES
    CUIT 30-51908810-6

  3. Informar el pago a tesoreria@faiga.com enviando el comprobante de pago. En caso de abonar más de un período en la misma transferencia, deberá incluir un formulario en formato excel detallando el monto correspondiente a cada período. En caso de no informar el pago de la manera indicada en este punto, no se computará en nuestro sistema, permaneciendo la empresa con saldo deudor.

  4. En caso de inconvenientes o dudas, puede comunicarse telefónicamente al (011) 4631-5120.

INSTRUCTIVO DE PAGO POR CUPÓN DE BANCO

Para imprimir correctamente la Boleta de Deposito del Banco de la Nación con código de barras, se ruega seguir las siguientes instrucciones:

  1. Haga clic en Completar el cupón (arriba). Ingrese el CUIT de la empresa aportante con guiones.

  2. Si ingresó correctamente los datos y su número de CUIT no aparece en nuestra base de datos, por favor comuníquese con la FAIGA al (011) 4631-5120, solicitando la actualización de los datos de su empresa. Una vez recibida la confirmación de la incorporación de su número de CUIT, podrá proseguir el procedimiento de pago.

  3. Si al ingresar su CUIT, el sistema lo detecta en la base de datos, le permitirá acceder al modelo de Boleta de Deposito, en la cual deberá completar el mes y año del período que deposita, así como el importe.

  4. Con dichos datos cargados en el sistema,  seleccione el botón Exportar, dándole al sistema la opción de descargar un PDF con una Boleta de Deposito con código de barras, que Ud. deberá imprimir y hacer el pago en el Banco de la Nación de su zona. Se recomienda utilizar una impresora láser o inkjet seteada en alta calidad.

  5. Si desea pagar más de un mes, deberá ingresar los datos de cada uno de los meses a pagar, y repetir el procedimiento descripto tantas veces como periodos abona. Ejemplo: para abonar Diciembre 2011 y Enero 2012, deberá realizar el proceso 2 veces, indicando en cada caso el periodo y el importe a abonar. En este caso deberá clickear "Nuevo Período". No es posible abonar dos o más períodos con una sola boleta de pago.


RESOLUCIÓN 202/2001

El pago obligatorio del aporte empresario correspondiente a las empresas con personal gráfico bajo CCT 60/89 se encuentra establecido a través de la Resolución 202/2001 del Ministerio de Trabajo de la Nación.

La contribución mensual a cargo de los empleadores surgirá de la aplicación de la escala porcentual decreciente que a continuación se establece y que se aplicará sobre la masa salarial bruta mensual que deba abonar el empleador, en cada caso:

I) de uno (1) a cinco (5) empleados: uno por ciento (1%)
II) de seis (6) a diez (10) empleados: cero setenta y cinco por ciento (0.75%)
III) de once (11) a veinte (20) empleados: cero setenta por ciento (0.70%)
IV) de veintiuno (21) a cincuenta (50) empleados: cero sesenta y cinco por ciento (0.65%)
V) de cincuenta y uno (51) a cien (100) empleados: cero sesenta por ciento (0.60%)
VI) de ciento uno (101) a doscientos (200) empleados: cero cincuenta por ciento (0.50%)
VII) de más de doscientos empleados: cero cuarenta y cinco por ciento (0.45%)

El tope de pesos dos mil quinientos ($2.500) para el aporte empresario se encuentra efectivamente derogado a partir de la homologación del acuerdo paritario firmado en 2012.

Para ver los textos correspondientes a la Res. 202/2001 y su modificación, haga click en el siguiente link:

RESOLUCIÓN 202/2001