Estudio Nunes y Asoc. - DOMICILIOS ELECTRÓNICOS. Su importancia y obligatoriedad

El Domicilio Fiscal Electrónico (DFE) representa una casilla de correspondencia virtual y segura establecida entre la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y cada uno de los contribuyentes.

En la época en la que vivimos, casi todos a título profesional o profesional fuimos requeridos de constituir un “domicilio electrónico”. El domicilio es una institución del derecho fundamental, que permite, entre otras cosas, notificar a una persona con consecuencias jurídicas. El régimen general del domicilio puede cotejarse en el Código Civil y Comercial a partir de su art. 73; lamentablemente esta norma no aprovechó la oportunidad para regular los domicilios electrónicos, pese a que ya existían cuando se redactó.
A los efectos de este artículo, es importante el art. 74, por cuanto establece que: “El domicilio legal es el lugar donde la ley presume, sin admitir prueba en contra, que una persona reside de manera permanente para el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones. Sólo la ley puede establecerlo”. Más allá de la posibilidad de las partes de convenir sus domicilios electrónicos en contratos o incluso para ejercer derechos como parte de distintas entidades, analizaremos la importancia de los domicilios electrónicos que distintos entes gubernamentales establecen para los ciudadanos y contribuyentes, en particular el de AFIP.
La Resolución General AFIP 4281/2018 regula dicho domicilio legal. Siendo “ley” (en el sentido amplio del término), por ser una regulación dictada por una autoridad competente de gobierno en la materia, las atribuciones del domicilio legal se aplican al mismo.

Importancia del Domicilio Fiscal Electrónico de AFIP
El Domicilio Fiscal Electrónico (DFE) representa una casilla de correspondencia virtual y segura establecida entre la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y cada uno de los contribuyentes. Este domicilio virtual sirve como canal para que la AFIP se comunique con los contribuyentes en relación con eventos y acciones administrativas cruciales, como embargos, liquidaciones, citaciones, notificaciones, intimaciones, gestiones judiciales, entre otros.

Obligatoriedad de adhesión
Es imperativo que todos los contribuyentes de la AFIP que posean CUIT y Clave Fiscal adhieran al Domicilio Fiscal Electrónico; se trata de un requisito obligatorio.

Notificaciones
El DFE constituye el único medio mediante el cual la AFIP formula solicitudes de información y requerimientos. La notificación al contribuyente se considera realizada en el momento en que este accede a la comunicación. En caso contrario, se considerará notificado de oficio el lunes siguiente a la disponibilidad de la comunicación en el servicio correspondiente.

Proceso de constitución del Domicilio Fiscal Electrónico
Para establecer el domicilio fiscal electrónico, es necesario ingresar al servicio «Domicilio Fiscal Electrónico» utilizando la Clave Fiscal, donde se deberá proporcionar una dirección de correo electrónico y un número de teléfono celular. Una vez que se ha ingresado la dirección de correo electrónico, la AFIP envía automáticamente un CÓDIGO DE VERIFICACIÓN para validar dicha dirección. Este código debe ser ingresado de manera inmediata en el Sistema Registral, completando así el registro del Domicilio Fiscal Electrónico.